
AQUEL CONTRIBUYENTE QUE NO CUMPLA CON LO ESTABLECIDO A LA LEY DE EMITIR LOS COMPROBANTES DE PAGO, SEGUN SUNAT ES UNA INFRACCIÓN TRIBUTARIA .
POR LO TANTO ES UN DELITO Y COMO SANCION ES EL CIERRE TEMPORAL DEL LOCAL .
A continuación le mostrare una situación dada de vital importancia y de suma obligación en la actualidad según SUNAT.
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